11 horas de retraso en un vuelo de Ryanair sin comida ni alojamiento: la OCU explica lo que se puede reclamar
¿Qué ocurrió?
El vuelo, con salida desde Palermo, estaba programado para el lunes 28 de septiembre a las 22:15 horas, pero cuando los pasajeros llegaron al aeropuerto se les indicó que se retrasaba una hora, más tarde les informaron de que eran 3 horas, y finalmente fueron 11 horas. El avión no despegó hasta las 9:45 horas del martes 29 de agosto y llegaron al aeropuerto de Manises a las 11:37 horas.
Como única explicación se alegó la falta de descanso del piloto y que el vuelo no se cancelaba porque estaban buscando tripulación para despegar a las 8:00 de la mañana, cuando la hora de salida eran las 22:15 horas. "Lamentablemente, durante las 11 horas de retraso no hubo ningún tipo de asistencia: no se les proporcionó comida ni tampoco alojamiento", denuncia la OCU. Los pasajeros se vieron obligados a dormir en el aeropuerto y no se les ofrecieron alternativas de transporte razonables para llevarlos a destino.
¿Qué se puede reclamar?
Básicamente, una indemnización por el retraso del vuelo y los gastos que el retraso les generó a los pasajeros, desde comida y alojamiento a reservas, coches alquilados o combinación de vuelo perdida por el retraso.
En concreto, la OCU explica que si el retraso no se debe a circunstancias extraordinarias, como parece ser el caso, y supera las 5 horas, el pasajero tiene derecho a compensaciones de 250 euros, 400 o 600 euros en función de la distancia y el tipo de vuelo. Además, en estos casos tienes derecho a elegir entre viajar (transporte alternativo) o que te devuelvan el importe pagado por tu vuelo retrasado (en siete días y por el valor íntegro al que se compró). Y también, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.
Para ello, la OCU aconseja conservar cualquier documentación (billete, localizador, cualquier comunicación, video o fotografía...), así como justificantes de los gastos incurridos por el incumplimiento de los deberes de asistencia (justificantes de pago en restaurante, reservas alojamiento, y medios transporte abonados por el usuario), para poder reclamar debidamente.
¿Cómo reclamar?
Cualquier compensación o indemnización hay que solicitarla por escrito, directamente a la aerolínea, a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto, dejando constancia de las circunstancias y la fecha, o bien a través de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.
En el caso de que la respuesta no sea conforme a sus pretensiones, el afectado puede presentar reclamación ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) entidad encargada de velar por el cumplimiento de los derechos de los pasajeros y que desde el pasado mes de mayo de este año está habilitada como entidad de resolución alternativa de litigios, lo que en la práctica permite que sus informes sean vinculantes y de obligado cumplimiento evitando la necesaria reclamación judicial para los consumidores.
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