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Июль
2025

JEE resuelve que José Luna Gálvez habría infringido neutralidad política por propaganda política en Lima

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El Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro 1 determinó que el congresista y líder del partido político Podemos Perú, José Luna Gálvez, habría infringido el principio de neutralidad política tras detectarse varias propagandas electorales anticipadas en distintos puntos de Lima y Áncash. La infracción se habría concretado por el uso de su nombre, imagen y frases como 'Pepe Luna Presidente 2026' en murales y paneles que incluyen el logo de su agrupación política.

Según el documento, se detectaron alrededor de 50 elementos publicitarios en los distritos de Ate, Rímac, Comas, Santa Anita, entre otrosn, e incluso en la región de Áncash. La mayoría de esta propaganda fueron pintadas en muros de propiedad privada y públicos, con colores y mensajes vinculados a Podemos Perú. En algunos cosos, también figuran los nombres de aspirantes a diversos cargos políticos acompañados con frases como '¡Sí cumple!', configurando un posible despliegue coordinado de campaña.

La fiscalización se basa en normas contenidas en la Ley Orgánica de Elecciones y el Reglamento sobre Propaganda Electoral, las cuales prohíben expresamente a autoridades políticas hacer campaña en favor de partidos o candidatos. Además, se destaca que Luna Gálvez sigue siendo afiliado activo y presidente fundador de Podemos Perú, lo cual reforzaría el vínculo con los mensajes proselitistas identificados.

El oficio ya fue remitido al pleno del JEE de Lima Centro 1, que deberá evaluar las medidas a adoptar. De confirmarse la infracción, José Luna enfrentaría sanciones por vulnerar la neutralidad que debe mantener como funcionario electo durante el proceso electoral.

PUEDES VER: JEE concluye que César Acuña habría vulnerado la neutralidad electoral cuando bailó con militantes de APP

JEE advierte uso indebido de imagen partidaria y cargos públicos

Por su parte, la Coordinación de Fiscalización del JEE indicó que no ha recibido ninguna denuncia de parte del congresista sobre un posible uso indebido de su imagen, lo que para ellos refuerza la tesis de intencionalidad. Se indica que la campaña habría buscado posicionarlo como candidato presidencial, aprovechando la condición de autoridad para influir en la percepción de la ciudadanía.

Además, el informe argumenta que el principio de neutralidad no solo está recogido en la normativa electoral, sino que forma parte de un principio constitucional, diseñado para asegurar procesos electorales justos y libres de la interferencia estatal. La propaganda atribuida a Luna Gálvez podría generar un "desbalance electoral" al beneficiar desproporcionadamente a su partido frente a otros competidores.

El JEE resalta que los funcionarios y autoridades públicas deben actuar con "absoluta imparcialidad" duran los comicios. La difusión de la imagen del parlamentario con fines proselitistas contraviene esa exigencia y compromete la transparencia del proceso democrático hacia las elecciones generales de 2026.

PUEDES VER: Dina Boluarte es blindada nuevamente por el Congreso, SAC archiva denuncia constitucional por muertes en protestas

César Acuña, López Aliaga y Renzo Reggiardo también habrían infringido neutralidad política

Pero Luna Gálvez no es el único funcionario electo observado por el Jurado Especial Electoral. En Chiclayo el JEE de Chiclayo concluyó que el gobernador de La Libertad, César Acuña, habría vulnerado el principio de neutralidad electoral. En un evento público, bailó junto a militantes de Alianza para el Progreso (APP) frente a un cartel con la frase “Acuña Presidente” y los símbolos de su agrupación, cargo que aún ocupa como autoridad regional.

Por su parte, en Lima Centro 1, un documento del JEE determinó que el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, junto al teniente alcalde Renzo Reggiardo, también infringió las normas electorales. Ambos participaron en actos promocionales en favor de Renovación Popular y la candidatura presidencia de López Aliaga, mientras ejercían sus funciones públicas. Según la Ley Orgánica de Elecciones, están prohibidos los actos de autoridad que favorezcan a determinados partidos.

De confirmarse las irregularidades, tanto Acuña como López Aliaga y Reggiardo podrían enfrentar sanciones administrativas y políticas por uso indebido de recursos y cargos públicos para propaganda anticipada, alterando el equilibrio democrático.







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