Dolor de cabeza para Máximo Kirchner: la Justicia podría excluir a un candidato de su mesa chica
La Justicia bonaerense trabaja por estas horas en la revisión de las candidaturas para las elecciones legislativas de septiembre y, entre los expedientes por los que deberá tomar posición, está el de la postulación a la Cámara de Diputados de Facundo Tignanelli, dirigente de La Cámpora y hombre de confianza de Máximo Kirchner.
En las últimas horas la Cámara Contencioso Administrativo de La Plata dejó sin efecto una medida cautelar que lo favorecía al considerar que la Junta Electoral todavía no se pronunció. Sin embargo, especialistas en Derecho Constitucional señalaron a El Cronista que el tema podría escalar hasta la Suprema Corte provincial.
Tignanelli, actual presidente del bloque peronista en la Cámara Baja, ocupa el segundo lugar de la lista de Fuerza Patria por la Tercera Sección electoral y, al momento de inscribirse como candidato, obtuvo un primer rechazo en el sistema de anotación por haber sido electo "en al menos dos mandatos consecutivos".
El dirigente matancero ya fue diputado en 2017 y 2021, pero ese año no logró la reelección sino que quedó como primer suplente. Recién en 2023 asumió para completar el mandato que ahora finaliza.
Apoyado en un dictamen redactado por el constitucionalista Alejandro Gil Dominguez, se presentó y consiguió una medida cautelar en Quilmes que ordenaba a la Junta Electoral que no rechace la postulación hasta que defina la cuestión de fondo. Sin embargo, la fiscalía se presentó ante la Cámara Contencioso Administrativa que revocó la cautelar y dejó el tema en manos de la Justicia.
Fragmento del dictamen en el que se apoya la posición de Tignanelli
Fuentes del Peronismo sostienen que la definición debiera conocerse antes del 8 de este mes y confían en el dictamen que había ofrecido Gil Domínguez, en dónde sostiene que la suplencia de Tignanelli en el segundo mandato fue de 721 días, nueve menos de los necesarios para que se contabilice más de medio término y que corra la cláusula de inhabilitación.
En ese sentido, los jueces de la Cámara destacan que "prima facie", es decir, a primera vista, el cálculo propuesto por el diputado es correcto y que es "improcedente" la inhabilitación, pero que es la Junta la que debe definir la situación del candidato.
