Condenan al Conavi y a H Solís por muerte de joven decapitado en obra vial
El Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela condenó a la empresa Hernán Solís S.R.L y al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) a pagar una indemnización por la muerte de un joven de 17 años, quien falleció decapitado en un accidente en una obra vial en el 2018. La sentencia civil también incluye a dos personas físicas de apellidos Madrigal y Sancho.
En el por tanto emitido este 6 de octubre, se sentenció a los involucrados a pagar un resarcimiento a los padres de la víctima por concepto de daño material, daño moral y costas personales y penales.
En el caso del daño material, los jueces no definieron un monto, sino que sentenciaron en “abstracto”; esto significa que será en otro proceso donde se decida lo que les corresponde pagar.
En cuanto al daño moral, se fijó un total de ¢120 millones e intereses. Y por costas personales y procesales, el monto es de ¢16 millones e intereses.
Los montos deben ser cancelados 15 días posteriores a la firmeza del fallo.
El tribunal absolvió bajo el principio de indubio pro reo a dos hombres de apellidos Madrigal y Sancho por los delitos de homicidio culposo en perjuicio del menor.
El tribunal convocó al lunes 13 de octubre, a las 4 p.m., para lectura integral del fallo.
Este medio remitió consultas al Conavi. Sin embargo, al cierre de esta nota no se obtuvo respuesta.
H Solís prepara impugnación
Por su parte, Roberto Acosta, representante de H Solís, afirmó que deben estudiar la redacción completa del fallo cuando esté listo.
“Por un lado, declara que los imputados (empresarios subcontratados por mi representada y patronos directos de la víctima) no cometieron ninguna conducta reprochable, pero por otro condena civilmente a los imputados y solidariamente al Conavi y a H Solís por la teoría del riesgo. No se atribuye acto indebido ni omisión por parte H Solís. Vamos a trabajar en la impugnación. Demostramos ya en juicio no tener relación alguna con la víctima ni con el accidente”, dijo.
Caso
Uno de los abogados representantes de la familia afectada, Luis Ramírez, afirmó en agosto pasado a La Nación que el caso se remonta a marzo del 2018, cuando al menor de edad se le ordenó manipular una tanqueta de fabricación casera, sin manómetro, para suavizar emulsión asfáltica. Al parecer, laboraba sin póliza ni seguro social.
Como ese día la máquina no tenía cilindro de gas, le habrían indicado que debía encenderla con una tea, dijo el abogado, pero la tanqueta explotó y decapitó al joven en el sitio.
Según indicó Ramírez, la empresa argumentó que el muchacho estaba laborando mediante una subcontratación, no una contratación directa. La defensa de la familia asegura que nunca se les suministró un contrato ni documento que respalde ese argumento.
