Si llevas esto en la guantera, podrían quitarte el carnet
El Gobierno ha instruido a los agentes de Tráfico para que puedan inspeccionar visualmente el interior del vehículo cuando exista sospecha fundada de infracción. Esto incluye la apertura de la guantera y otras zonas del habitáculo.
La orden busca prevenir el transporte no autorizado de ciertos elementos que podrían suponer un riesgo para la seguridad vial o estar tipificados como infracción grave o delito, de acuerdo con el Reglamento General de Circulación y la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana.
Estos objetos pueden conllevar retirada del carnet
| Tipo | Ejemplo | Normativa aplicable | Sanción posible | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Armas sin licencia | Cuchillos, pistolas | Ley 4/2015 y Código Penal | Multa o pérdida de carnet | DGT / Interior |
| Material peligroso | Explosivos, productos químicos | Reglamento General de Circulación | Multas de hasta 30.000 € | DGT |
| Objetos contundentes sin justificar | Bates, barras, herramientas | Ley de Seguridad Ciudadana | Sanción grave | Guardia Civil |
| Instrumentos de vigilancia | Gafas térmicas, visores nocturnos | Ley de Protección de Seguridad | Pérdida de puntos | BOE |
El aviso oficial no habla de registros masivos
No se trata de controles aleatorios sin justificación. Según el procedimiento descrito en la instrucción operativa 2025-2026 de la DGT, los agentes solo pueden revisar el interior del vehículo cuando observan comportamientos sospechosos o si hay motivos fundados para pensar que se está cometiendo una infracción administrativa o penal.
Además, el artículo 20 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana ampara estos registros en caso de que se detecten actitudes evasivas o nerviosismo en el conductor.
Documentación obligatoria: otra causa de sanción
- Permiso de conducir
- Permiso de circulación
- Ficha técnica con ITV en vigor
- Justificante del seguro obligatorio
La no presentación de alguno de estos documentos puede implicar multas entre 100 y 500 euros. En caso de reincidencia o falsificación, las sanciones pueden escalar a la retirada del carnet.
¿Revisar la guantera vulnera algún derecho?
Siempre que el registro no sea arbitrario y exista motivación fundada, no se vulneran derechos fundamentales. El coche no se considera domicilio y, por tanto, no se requiere orden judicial previa.
En resumen, si llevas en tu vehículo objetos prohibidos por la normativa vigente, podrías enfrentarte a multas elevadas e incluso a la retirada del permiso de conducción.
