La AN absuelve a Villarejo, su socio y un abogado por el supuesto encargo para investigar a un empresario
La Audiencia Nacional (AN) ha absuelto al José Manuel Villarejo, a su socio Rafael Redondo y al abogado Antonio Erico Chávarri por el supuesto encargo que este último les realizó y que habría consistido en investigar a un empresario a cambio de más de 400.000 euros.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal acuerda la absolución del excomisario de los delitos de cohecho pasivo, descubrimiento y revelación de secretos particulares y de falsedad en documento mercantil. Además, el fallo absuelve a Redondo de los delitos de cohecho pasivo y de falsedad en documento mercantil, así como a Chávarri de los de cohecho activo y de falsedad en documento mercantil.
Según el relato presentado, Villarejo, comisario de la Policía Nacional en el momento de asumir ese encargo, habría actuado "ante las sospechas de Chávarri de que ambos pudieran actuar de común acuerdo para perjudicar sus intereses en dicho procedimiento". Sin embargo, la Audiencia Nacional concluye que "no existe ningún elemento inculpatorio para poder sostener" que la actuación llevada a cabo en este proyecto por Villarejo "tuviera relación" con sus funciones públicas como comisario del Cuerpo Nacional de Policía.
En esta línea, el tribunal considera que no hay pruebas de que Chávarri "conociera y supiera la condición de policía en activo" de Villarejo, así como que el comisario jubilado obtuviera la información "a través de las bases de datos de la policía". "Por lo que la conclusión no puede ser otra que, en el presente caso, no se utilizaron ni métodos, ni medios policiales, ni consta consulta alguna en las bases de datos policiales. Tampoco existe prueba de que Villarejo hubiera contactado con otros policías para recabar información o el tráfico de llamadas", explica el tribunal.
Se descarta la revelación de secretos por incapacidad de abrir una "presunción en contra"
Respecto al delito de descubrimiento y revelación de secretos, los magistrados manifiestan que no pueden realizar "una presunción en contra" de cómo Villarejo accedió al registro de llamadas de Pérez Gil, que fue aportado en la causa en una tabla de Excel. "Lo cierto es que no ha resultado acreditado, con el rigor que exige el proceso penal, la forma de acceder a dicho listado", resume el tribunal. Sobre la falsedad en documento mercantil, la AN considera probado que "se alteraron los conceptos por motivos de reserva o de confidencialidad", pero las facturas "obedecen a los servicios privados realmente prestados".
"Aunque el concepto de algunas de las facturas denunciadas no se corresponda con la realidad --para enmascarar el carácter delictivo de la auténtica actividad contratada--, al carecer las analizadas de esa trascendencia respecto del tráfico mercantil frente a terceros ajenos a la empresa que exige su protección, no se puede considerar que afecte a la naturaleza mercantil penalmente protegida, procediendo la absolución por el delito acusado", se añade.
La Fiscalía Anticorrupción reclamó 12 años de cárcel para Villarejo; 4 años y 6 meses para Redondo, y 7 años de prisión para Chávarri. A la espera de que se resuelva el caso relacionado con la doctora Pinto y el empresario López Madrid, Villarejo suma una nueva resolución no condenatoria.
