El Consejo de Estado cuestiona la reforma de Sánchez para el «blindaje» del aborto en la Constitución
Parece temática del pleistoceno anterior, pero, en realidad, ocurrió hace no tanto tiempo. Fue en el mes de octubre. El Gobierno emprendió nada menos que una reforma de la Constitución Española para «blindar» el derecho al aborto.
Como respuesta a aquella moción que presentó Vox en el Ayuntamiento de Madrid, y que contó con el apoyo del PP, para informar a las mujeres del síndrome postaborto. Luego, pasó lo del registro de los objetores de conciencia, con la rebeldía de Isabel Díaz Ayuso, que dejó para la hemeroteca aquella frase de: «Váyanse a otro sitio a abortar».
Con el pretexto de proteger el aborto de una hipotética llegada de PP y Vox al poder, Sánchez emprendió una batalla política que, en realidad, estaba abocada al fracaso desde el principio. Porque para introducir cualquier cambio de la Carta Magna necesita una mayoría parlamentaria de la que no dispone. El PP, desde el principio, dijo que no. Aun así, decidió seguir adelante y el Consejo de Ministros dio luz verde a un anteproyecto para reformar el Artículo 43 de la Constitución.
Un texto que desembarcó poco después en el Consejo de Estado. Desde entonces, el órgano consultivo ha estudiado a fondo la propuesta para emitir su correspondiente dictamen, preceptivo pero no vinculante. Hubo un primer borrador en la comisión permanente, con un ponente ilustre: Miguel Herrero Rodríguez de Miñón, uno de los siete padres de la Constitución. Ahí es nada. Según ha podido saber LA RAZÓN, expresó sus reservas.
Finalmente, se ha elaborado un segundo dictamen que se someterá a votación hoy. Y, aunque propone al ministro de Presidencia, Félix Bolaños, «elevar el anteproyecto de reforma al Consejo de Ministros, para su aprobación, como proyecto y su posterior remisión a las Cortes Generales», deja por el camino varios recados a la Moncloa. La responsable de redactarlo ha sido María Luisa Carcedo, ministra de Sanidad en el primer Gobierno de Sánchez.
Para empezar, cuestiona la vía elegida por el Gobierno: a través de un Artículo, el 43, que, en realidad, no logra el efecto deseado. Y solo para evitar un proceso tan tedioso como el que se debería emprender: disolver las Cortes, ir a elecciones y convocar un referéndum.
Porque, según la institución, el verdadero blindaje vendría de la mano de otro artículo, el 15, que recoge: «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra».
En concreto, sobre la justificación del Gobierno de apostar por una «mayor sencillez y celeridad» en la tramitación, el Consejo de Estado apostilla: «Se trata de consideraciones de oportunidad política que, desde un punto de vista constitucional, no deberían ser tenidas en cuenta a la hora de elegir el precepto de la reforma».
Y lo más relevante: «El procedimiento de reforma aplicado debe ser la consecuencia de esta decisión y no su causa». Por otro lado, refuta un argumento del Gobierno para justificar el paso dado al frente: los posibles cambios legales a futuro. A lo que señala la jurisprudencia del Constitucional, que avaló la ley del aborto de Zapatero. Por lo que descarta riesgos en retrocesos.
Alertan de un «fraude de ley constitucional»
La Asamblea de Asociaciones por la Vida, la Dignidad y la Libertad, que agrupa a más de 140 asociaciones provida, advierte de que el «intento de constitucionalizar el aborto por la vía del artículo 43» es un «fraude de ley constitucional».
Ante el dictamen del Consejo de Estado, opina: «Es de extraordinaria gravedad jurídica e institucional. La maniobra es clara: desplazar artificialmente el debate desde el artículo 15 hacia el artículo 43, de naturaleza prestacional, con el objetivo de evitar el procedimiento agravado de reforma constitucional del artículo 168».
