Koldo no se resigna: esgrime "desigualdad de trato" con Aldama para salir de prisión
Koldo García no se resigna a seguir en prisión a la espera de conocer la sentencia del «caso mascarillas». Su abogada ha recurrido en súplica la negativa del Tribunal Supremo a su última petición de libertad en la postrera sesión del juicio el pasado día 5. En ese escrito, la letrada Leticia de la Hoz reclama la «inmediata» puesta en libertad del exasesor de José Luis Ábalos, aunque sea con medidas cautelares como la retirada del pasaporte, la obligación de comparecer cada cierto tiempo en el juzgado o la prestación de una fianza. Propone, incluso, que se le impongan comparecencias diarias en el juzgado o que se le incorpore un "dispositivo telemático de localización permanente"
La defensa del exasesor de Ábalos cuestiona que el Tribunal Supremo despache con dos párrafos su negativa a acordar la medida –la Sala incidió básicamente en que las circunstancias no han cambiado, por lo que persiste el riesgo de fuga–, lo que considera «un déficit de motivación constitucionalmente intolerable» cuando está en juego «la libertad de un ciudadano». Hasta el punto de que la abogada avanza de que esta supuesta carencia abona un futuro recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC).
Para la letrada, en la resolución recurrida brilla por su ausencia la «motivación reforzada» que su propia jurisprudencia exige en estos casos, recurriendo en cambio a una «fórmula estereotipada» para rechazar la libertad de Koldo García que el propio TC «ha venido declarando lesiva del derecho a la libertad».
Asimismo, pone de relieve que una vez la prisión ha garantizado la presencia del acusado en el juicio, la finalidad de la prisión «ha quedado materialmente agotada». La deliberación compleja a las que alude el tribunal –subraya– «no requiere la presencia física» de Koldo.
«La Sala estaba obligada, por imperativo del canon de motivación reforzada, a identificar expresamente qué finalidad legítima persigue ahora la prisión provisional», destaca. «Y no lo hace», señala la letrada, que ve «insostenible» mantenerle en prisión en estas circunstancias.
Respuesta "asimétrica" respecto a Aldama
En su exposición, esgrime "desigualdad de trato" con el empresario Víctor de Aldama, en libertad provisional, en sustento de su petición. El comisionista, incide, "sometido a calificaciones jurídicas sustancialmente análogas" en el marco "de una misma trama presuntamente delictiva relativa a la contratación pública de material sanitario durante la pandemia", ha permanecido en libertad provisional con medidas cautelares durante toda la instrucción. Frente a ello, resalta, Koldo "permanece privado de libertad en virtud de la medida cautelar más gravosa que prevé el ordenamiento".
"La asimetría es de tal magnitud que no puede ser ignorada", afirma De la Hoz, que se queja de que dos coencausados "sobre los que se han practicado simultáneamente las pruebas de cargo reciben respuestas cautelares radicalmente divergentes sin que el auto recurrido exprese razón alguna que justifique tal disparidad". Algo que, en su opinión, vulnera el principio de igualdad.
Además, asegura que si el factor diferencial entre ambos es el riesgo de fuga, "no se explica por qué razón ese riesgo se aprecia con mayor intensidad" respecto a Koldo, pues ambos "tienen arraigo familiar y domicilio en España, sus circunstancias personales son conocidas y verificables por la Sala, y ninguno presenta antecedentes de evasión". Por lo tanto, expone, si las medidas cautelares menos graves son consideradas idóneas para conjurar el riesgo de fuga del empresario, "no hay razón objetiva para descartarlas" respecto del exasesor ministerial.
"Mantener la prisión provisional para uno de los acusados mientras otro aguarda sentencia en libertad sin una motivación que individualice un riesgo superior y actual -se queja- convierte la medida en una pena anticipada" para su defendido.
No hay un "relevante" riesgo de fuga
Para la letrada, el Tribunal Supremo vulnera el derecho a la presunción de inocencia, a la libertad personal y a la tutela judicial efectiva, por lo que anticipa su intención de acudir en amparo al TC si la Sala no rectifica.
De la Hoz pone en valor el comportamiento procesal de Koldo García a lo largo de toda la causa "acredita su sometimiento a la acción de la Justicia". "Ha atendido todas las citaciones judiciales, ha estado en todo momento a disposición del órgano instructor primero y de esta Sala después, no consta el más mínimo intento de evasión, y ha colaborado en la celebración del juicio oral hasta su agotamiento", destaca.
Si a todo ello se suma -añade- que "tiene su domicilio y arraigo familiar y personal en España, y que sus circunstancias personales y profesionales son plenamente conocidas y verificables", el cuadro resultante "es incompatible con la apreciación de un riesgo de fuga relevante".
