Cambio en la normativa de juguetes: España restringe una sustancia carcinógena por orden de Europa
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden ministerial que modifica la normativa sobre la seguridad de los juguetes en España. La medida, que entra en vigor este mismo sábado, limita la presencia de cobalto y determinadas sales de este elemento, permitiendo únicamente determinados usos y bajo condiciones específicas previstas por la legislación europea.
El cobalto y sus sales están clasificados oficialmente como sustancias carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) y están sujetas a estrictas limitaciones. Su uso solo está permitido cuando se cumplen las condiciones específicas previstas por la legislación europea.
¿En qué juguetes se permitirá su uso?
El Gobierno aclara que no se trata de una autorización generalizada, sino de una excepción técnica muy acotada. El cobalto solo se podrá emplear en componentes específicos donde no exista riesgo de ingestión o inhalación:
- Componentes destinados a la conducción de corriente eléctrica.
- Juguetes y componentes de acero inoxidable, como impureza del níquel contenido en este material.
- Determinados imanes de neodimio, siempre que estos no puedan ser tragados ni inhalados.
Mismo nivel de protección en toda Europa
Con esta actualización, el ordenamiento jurídico español se armoniza plenamente con las exigencias del mercado interior europeo. El objetivo es asegurar un nivel elevado de protección de la salud de los consumidores, en particular de los niños.
