PRI debe resolver denuncia por violencia pol?tica en raz?n de g?nero: Sala Toluca
La denuncia presentada por Margarita Santos Mendoza por la presunta comisi?n de conductas que constituyen violencia pol?tica en raz?n de g?nero, debe ser resuelta a trav?s del ?rgano intrapartidista del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que estime competente para conocer estos se?alamientos, sentenci? la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci?n (TEPJF).
Esto al resolver los Juicios para la Protecci?n de los Derechos Pol?ticos y Electorales del Cuidadano (JDC) bajo expedientes ST-JDC-193/2022, ST-JDC-204/2022 y ST-JDC-205/2022 a trav?s de los cuales la militante del tricolor busc? revertir la determinaci?n del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) para reencausar la queja a la instancia intrapartidaria para emitir una resoluci?n, posteriormente podr? interponer un juicio ante los ?rganos jurisdiccionales.
?Se confirma la sentencia impugnada, ya que existe fundamento legal y reglamentario de que los partidos cuenten con instancias internas para sancionar este tipo de conductas; adem?s, en los estatutos del PRI se prev?n procedimientos y sanciones para este tema. Las denuncias por violencia pol?tica en raz?n de g?nero en el ?mbito electoral, en primera instancia pueden ser instruidos tanto por los partidos pol?ticos o por las autoridades electorales, en ambos caso su posterior etapa impugnativa est? conformada por los medios electorales locales y federales, de ah? se justifica el agotamiento del principio de definitividad?, (sic).
Finalmente el ?rgano jurisdiccional federal reiter? que los partidos pol?ticos deben conocer en primera instancia las quejas o denuncias relativas a violencia pol?tica contra las mujeres en raz?n de g?nero, pese a esto de ninguna forma excluye la revisi?n por parte de las autoridades del estado mexicano.