Osiptel ordena a operadoras el bloqueo de líneas móviles en penales mediante sistema de geolocalización
En un paso decisivo contra la extorsión y el crimen organizado, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) oficializó el 31 de diciembre la Resolución N.º 000139-2025-CD/OSIPTEL, la cual establece el uso del sistema de geolocalización como nueva medida para erradicar el uso de telefonía móvil en los centros penitenciarios del país.
A diferencia del sistema anterior, que se basaba en el análisis de patrones de consumo y tráfico de llamadas (muchas veces insuficiente), la nueva norma incorporará el uso de tecnologías de geolocalización para identificar la ubicación exacta de las líneas y equipos terminales que se activen dentro de los recintos carcelarios.
Operadoras están obligadas a bloquear líneas en penales
Según la normal, con el nuevo sistema de geolocalización, las operadoras deberán realizar un "monitoreo permanente de las estaciones de radiocomunicación con cobertura radioeléctrica en centros penitenciarios, centros juveniles y zonas restringidas o de alta seguridad". La principal novedad es que la detección será automática: no se requerirá que el interno realice una llamada o envíe un mensaje para que el sistema lo identifique. Si el equipo está encendido y captando señal dentro del perímetro del penal, será detectado y bloqueado.
La normativa impone responsabilidades estrictas a las empresas operadoras (Movistar, Claro, Entel y Bitel), quienes deberán:
- Monitorear permanentemente las estaciones de radiocomunicación que brindan cobertura a los penales y centros juveniles.
- Ejecutar el corte inmediato del servicio y el bloqueo del código IMEI del equipo una vez verificado su uso prohibido.
- Emitir alertas a los ciudadanos que reciban llamadas sospechosas provenientes de estas zonas.
El incumplimiento de estos procedimientos o de los plazos establecidos para el bloqueo derivará en severas sanciones administrativas contra las empresas de telecomunicaciones.
Las operadoras tendrán un plazo de 24 horas para reportar cualquier bloqueo o reactivación de líneas al Osiptel y al Ministerio de Justicia. Asimismo, la normativa establece que las empresas operadoras están obligadas a mantener un registro, por un período mínimo de tres años, de los cortes de servicio público de telecomunicaciones y bloqueos de equipos terminales móviles o fijos inalámbricos que realicen uso prohibido.
Vigencia de la norma de Osiptel y bloqueo de líneas por extorsión
Según lo dispuesto, la regulación entrará en vigencia plena cuatro meses después de su publicación en el diario oficial El Peruano. No obstante, se ha establecido un régimen transitorio que permitirá aplicar medidas de control y bloqueos de emergencia de manera inmediata mientras se completa la integración total de los sistemas de geolocalización.
La medida también establece que se buscará neutralizar las herramientas de comunicación de las bandas criminales, atacando directamente las extorsiones y estafas que afectan a miles de ciudadanos.
Bajo este nuevo marco normativo, las empresas operadoras (Movistar, Claro, Entel y Bitel) están obligadas a atender con celeridad los requerimientos de las autoridades competentes: Policía Nacional del Perú (PNP), Ministerio Público, Poder Judicial, Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el Ministerio del Interior.
