JEE declara inadmisible lista de candidatos del APRA que incluye a Mauricio Mulder y Enrique Valderrama
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 3 declaró inadmisible la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano (APRA) para la Cámara de Diputados del Congreso bicameral por Lima Metropolitana, de cara a las Elecciones Generales 2026. Entre las candidaturas observadas se encuentran las del exparlamentario Mauricio Mulder y el candidato presidencial de la organización política, Enrique Valderrama.
De acuerdo con la resolución 00024-2026-JEE-LIO3/JNE, en su declaración jurada de consentimiento de participación en las Elecciones Generales 2026, Mulder marcó la opción de candidato a diputado, pero en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) se señala que también colocó que postula al cargo de primer vicepresidente.
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En cuanto a Valderrama, el JEE detectó que en la declaración jurada del candidato se encuentran marcadas las opciones de fórmulas y diputados. Por tal irregularidad, se observó la candidatura.
Elecciones 2026: candidaturas del APRA declaradas inadmisibles
La inadmisibilidad de la lista de candidatos también alcanza a Ita Paredes Portella. De acuerdo con el órgano electoral, en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, la postulante consignó que cuenta con una sentencia firme (expediente 04352-2012) por el delito de uso de documento falso, emitida en abril de 2015, que le impuso una pena suspendida de cuatro años.
Si bien Paredes Portella señaló encontrarse rehabilitada, el JEE dispuso que dicha condición sea acreditada documentalmente, mediante la presentación de la sentencia correspondiente, la constancia de rehabilitación —de ser el caso— y el informe que acredite el cumplimiento del pago de la reparación civil.
Asimismo, en el caso de Gisella Luyo Meza, se advirtió que registra una sentencia firme (expediente 00644-2014) por el delito contra el patrimonio - usurpación, emitida en 2023, con una condena suspendida por dos años. Por tal motivo, el JEE requirió la presentación de la documentación que acredite que la pena ha sido cumplida totalmente, de rehabilitación y el cumplimiento del pago de la reparación civil. Además, la fecha que colocó en su registro no es igual o posterior a la fecha de confirmación de la misma.
Por otro lado, el organismo electoral alertó que Nidia Vílchez Yucra consignó en su hoja de vida que, en 2024, declaró no haber recibido dinero del sector público. Sin embargo, consignó que cuenta con experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones.
En los casos de Fabiola Taipe Ramírez y Alfredo Meléndez Herrera, se observó que no consignaron la fecha en la que terminó de llenar su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV).
En cuanto a Alberto Uculmana Nieves, el JEE indicó que, en 2024, percibió S/15.000 del sector público, pero no colocó la experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones.
Sobre Werner Quezada Martínez, Walter Boris, Norma Muedas Begazo y Carmen Purizaca Ponce se apreció que la fecha que colocaron en el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida y de no tener deuda pendiente por reparación civil no es igual o posterior a la que pusieron en la confirmación del registro de dicho documento.
En cuanto a Reinaldo Díaz Arismendi se reportó que marcó las opciones de fórmulas y diputados al momento de inscribirse.
En cuanto al caso de Veronica Padilla Veliz, se detectó que pidió licencia sin goce de haber ante Sunarp hasta el 10 de abril, cuando debió haberlo hecho hasta el día de las elecciones, 12 de abril.
