Corte Suprema confirma condena de cinco años de prisión contra CEO de cadena hotelera Costa del Sol por defraudación tributaria
La Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia condenatoria emitida en marzo de 2024 por la Corte Superior de Justicia del Callao contra el CEO de la cadena de hoteles Costa del Sol, Sergio Rivas Belloso, imponiéndole cinco años de pena privativa de la libertad suspendida por el delito de defraudación tributaria.
El perjuicio fiscal determinado por el Poder Judicial asciende a S/ 438.018, de los cuales S/268.143 corresponden al Impuesto a la Renta (IR) y S/ 169.875 al Impuesto General a las Ventas (IGV).
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Según lo establecido en el proceso penal, Rivas Belloso, en su condición de gerente regional y representante legal de la empresa Costa del Sol, autorizó la contabilización y declaración ante la Sunat de facturas que consignaban servicios inexistentes o no reales durante los periodos de abril a diciembre de 2010, con la finalidad de incrementar indebidamente el crédito fiscal del IGV y deducir costos y gastos falsos para el Impuesto a la Renta de tercera categoría, permitiendo que la empresa se beneficie de un saldo a favor indebido.
Las facturas fueron emitidas por Jorge Orlando Ayala Castillo, María de los Ángeles Valiente Hidalgo, Hercilia Elizabeth Cachay Puerta, Juan Esteban Noblecilla Abad y Ana Bertha Fernández Ríos, quienes actuaron como personas naturales con negocio por supuestos servicios de mantenimiento, remodelación, pintado de exteriores e interiores, limpieza y otros trabajos que no pudieron ser acreditados.
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Además, Rafael Alberto Alejandro Noriega Arisnabarreta fue hallado responsable como cómplice en su condición de representante de la empresa Minkay, al haber emitido comprobantes de pago y otorgado conformidad a las supuestas operaciones observadas durante el procedimiento de fiscalización.
Facturas por operaciones no reales y un perjuicio fiscal de S/438.000
El tribunal determinó que estas acciones constituyeron maniobras fraudulentas al registrarse en la contabilidad de Costa del Sol S.A. comprobantes de pago correspondientes a operaciones no reales, los cuales fueron declarados ante el fisco en el rubro de compras durante el año 2010, permitiendo el uso indebido del crédito fiscal del IGV y la deducción de costos y gastos falsos en el Impuesto a la Renta, ocasionando un perjuicio económico al Estado por S/438.018.
La Corte Suprema también confirmó las condenas a penas de entre tres y cuatro años de prisión suspendida contra los cómplices primarios del caso, y ratificó que este tipo de conductas se encuentran tipificadas y sancionadas en la Ley Penal Tributaria, precisando que la responsabilidad penal se mantiene aun cuando exista un pago posterior de la deuda tributaria.
En su resolución, la Corte Suprema precisó además que en los delitos de defraudación tributaria la reparación civil tiene carácter ex lege, es decir, deriva directamente de la deuda tributaria generada y no depende de la acreditación de un daño distinto.
El tribunal señaló que el eventual pago posterior de la deuda no extingue automáticamente la responsabilidad penal cuando el proceso ya se encuentra en trámite, reafirmando así el criterio de que las obligaciones tributarias y las consecuencias penales pueden coexistir de manera independiente.
