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María León: la Audiencia confirma la multa tras su altercado con la Policía Local en Sevilla

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La Audiencia confirma la multa a María León por el altercado con la Policía Local

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena a María León al pago de una multa total de 5.700 euros por un delito de resistencia y otro leve de lesiones, derivados del altercado con la Policía Local registrado en la madrugada del 1 de octubre de 2022 en Sevilla. La resolución desestima los recursos de apelación presentados por tres agentes y parcialmente respaldados por la Fiscalía.

El tribunal provincial ratifica así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla, que ya había descartado que los hechos constituyeran un delito de atentado contra la autoridad. La decisión judicial puede consultarse a través del portal oficial del Consejo General del Poder Judicial, donde se publican resoluciones y comunicados de los órganos judiciales.

Por qué no se considera delito de atentado

Uno de los puntos centrales del recurso era la calificación penal de la conducta. Los agentes recurrentes defendían que el puñetazo propinado a una policía debía encuadrarse en un delito de atentado, figura que conlleva penas más graves, incluida la prisión.

Sin embargo, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla sostiene que los hechos encajan en un delito de resistencia. El tribunal subraya que, aunque existió un acometimiento reflejado en un puñetazo y una patada, estos actos no alcanzaron la entidad necesaria para ser considerados atentado.

La sentencia hace referencia expresa a una acción dirigida a evitar la detención y destaca la mínima gravedad de las lesiones sufridas por la agente. También tiene en cuenta la complexión de la acusada y la escasa incidencia que el golpe tuvo en la integridad física de la funcionaria.

Los hechos probados durante la madrugada del 1 de octubre

Según los hechos probados, la actuación policial se inició cuando una patrulla de la Policía Local detuvo a un ciclista para practicarle un test de alcoholemia en el centro de Sevilla. En el transcurso de esa intervención, los agentes requirieron la identificación de María León.

Al no portar documentación, la actriz fue introducida en un vehículo patrulla para su traslado a dependencias policiales con el fin de proceder a su identificación formal. En ese momento, el paso del coche fue bloqueado por un acompañante y una tercera persona abrió la puerta del vehículo.

Intento de huida y forcejeo con los agentes

La sentencia recoge que María León intentó huir tras salir del patrullero. Cuando fue alcanzada por los agentes, se produjo un forcejeo. En ese contexto, propinó un puñetazo en la mejilla a una agente y lanzó una patada mientras se encontraba en el suelo.

Además, la resolución señala que la acusada profirió diversos insultos y opuso resistencia a ser esposada, llegando a gritar que no la tocaran mientras era retenida contra una valla. Otra persona intervino zarandeando con intensidad el chaleco protector de una agente para intentar impedir el arresto, hasta que fue separada por otro efectivo policial.

Estos hechos motivaron la apertura de diligencias penales que culminaron en el juicio celebrado el 14 de marzo. En aquella vista, la Fiscalía solicitó inicialmente un año y nueve meses de prisión por delito de atentado, así como una multa por lesiones leves e indemnización para la agente afectada.

Detalle de la sanción económica confirmada

La sentencia confirmada impone a María León una multa de 4.800 euros por el delito de resistencia y otra de 900 euros por el delito leve de lesiones. En total, 5.700 euros, con la circunstancia atenuante de reparación del daño.

El juzgado de lo penal absolvió a la actriz del delito de desobediencia por el que también fue enjuiciada. Asimismo, fueron absueltos los otros dos acusados que comparecieron junto a ella, a quienes se atribuían delitos de atentado, resistencia y desobediencia.

Impacto judicial y recorrido del caso

La confirmación por parte de la Audiencia de Sevilla supone el cierre, en segunda instancia, de uno de los episodios judiciales más mediáticos protagonizados por la actriz. El tribunal ha considerado que no concurren los requisitos jurisprudenciales necesarios para elevar la conducta al tipo penal de atentado.

La distinción entre atentado y resistencia resulta clave en el Código Penal español. El primero exige una agresión grave contra la autoridad en el ejercicio de sus funciones, mientras que la resistencia se refiere a conductas de oposición activa sin la intensidad suficiente para integrar el tipo más severo.

En este caso, la Audiencia ha valorado la proporcionalidad de la respuesta penal en función de la entidad de los hechos, la naturaleza de las lesiones y las circunstancias concurrentes. Con la multa ya confirmada, María León deberá abonar los 5.700 euros fijados por el tribunal por el altercado con la Policía Local en Sevilla.

La resolución de la Audiencia de Sevilla consolida así la calificación jurídica inicial y mantiene la multa a María León por el incidente con la Policía Local, cerrando un procedimiento que se remonta a octubre de 2022 y que ha sido objeto de seguimiento público desde entonces.







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