La jubilación anticipada voluntaria permite al trabajador retirarse antes de alcanzar la edad legal ordinaria, por decisión propia y sin que exista una causa obligada como ocurre en la jubilación anticipada forzosa. Esta elección implica no obstante asumir una reducción en la cuantía de la pensión, ya que se aplican coeficientes reductores en función del tiempo de adelanto. Además, este 2026 ha llegado con novedades que pueden hacer dudar a quienes quiran solicitarla. El abogado laboralista Ignacio Solsona explica esto en detalle en su cuenta de YouTube @Laboroteca, además de aclarar las penalizaciones que hay vigentes. El experto recuerda que «la jubilación anticipada voluntaria permite anticipar un máximo de 2 años la edad de jubilación que le corresponda a cada uno». Esta modalidad, precisa, puede solicitarse tanto si se está trabajando como si se está en desempleo, siempre que se cumplan los requisitos legales. En 2026, la edad ordinaria de jubilación oscila entre los 65 y los 67 años. Quienes acumulen menos de 38 años y 3 meses cotizados deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses para retirarse. En cambio, quienes alcancen o superen ese umbral podrán jubilarse a los 65 años. De esta forma, la retirada voluntaria será posible a partir de los 64 años y 10 meses para quienes no lleguen al período de cotización exigido, mientras que quienes sí lo cumplan podrán adelantar su retiro hasta los 63 años. La jubilación anticipada, comenta Solsona, «puede hacerse sin necesidad de que previamente se haya producido ningún tipo de despido ni extinción de la relación laboral». «Uno puede solicitar una jubilación anticipada voluntaria tanto si está desempleado como si está empleado por cuenta ajena o por cuenta propia, trabajando como autónomo», aspostilla. Sin embargo, existe un requisito esencial para poder recibirla: tener un mínimo de 35 años cotizados y encontrarse en situación de alta o asimilada al alta. «Desde una situación de no alta, se deniega la jubilación anticipada voluntaria». Otro de los requisitos que más sorpresas genera es el límite inferior de la pensión resultante. Aunque el solicitante se jubile con 63 años, la cuantía final, tras aplicar penalizaciones, no puede ser inferior a la pensión mínima de un jubilado mayor de 65 años. En 2026, por ejemplo, la mínima con cónyuge a cargo es de 1.256 euros. Si la penalización deja la pensión por debajo de ese umbral, la solicitud será rechazada. «Algunas personas solicitan la baja en el trabajo o solicitan la baja como trabajadores autónomos sin saber que les van a denegar la jubilación anticipada por incumplimiento de este requisito», avisa Solsona. El abogado también pone el foco en las penalizaciones, afirmando que «desde los 24 hasta los 18 meses de anticipo es donde están las más duras». «Si, por ejemplo, uno quiere solicitar una jubilación anticipada 24 meses antes y ha cotizado menos de 38 años y medio, se le va a aplicar la penalización del 21% sobre la pensión inicial que le correspond», expone. Además, advierte, esta penalización «no se recupera en ningún momento posterior», sino que es «para toda la vida».