El ministro de Justicia de Cuba miente, y sigue en su puesto
CDMX, México. – El 15 de marzo, el periódico oficial Granma publicó una reseña de la intervención del ministro de Justicia de Cuba, Oscar Silvera Martínez en la apertura del XV Encuentro Internacional de Ciencias Penales 2023, donde dijo que todas las leyes aprobadas por el Parlamento cubano en la legislatura 2018-2022, han fortalecido el ejercicio del Derecho en Cuba. La falacia del ministro es el resultado de seis décadas de violación de los derechos humanos en Cuba.
¿Qué es fortalecer el Derecho?
Según la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, fortalecer el derecho es apoyar la prevención de conflictos, violencia e inseguridad; proteger y ampliar los espacios cívicos; apoyar y aumentar el alcance mundial de los derechos humanos; cumplir con los derechos humanos en el contexto de las preocupaciones mundiales emergentes (“cuestiones frontera en materia de derechos humanos”). Sin embargo, la dictadura va en la dirección contraria del Derecho Internacional desde la aprobación de la Constitución de 2019.
El ministro glorifica el Código de las Familias, “al que calificó como una obra jurídica sin igual en el mundo, con un elevado contenido humano, protector de los derechos y garantías para todos”. Sin embargo, el Código es altamente excluyente para todos los que no acepten la dictadura y su sistemática violación de los derechos humanos en Cuba.
Granma también señaló: “Sobre las enseñanzas de la profunda reforma, el ministro de Justicia subrayó que los nuevos requerimientos en la creación normativa de la nación han demostrado su utilidad y la necesidad de que los procesos legislativos sean esencialmente procesos de participación popular”. No obstante, la sociedad civil independiente ha señalado las falencias de cada ley para respetar los derechos humanos de los cubanos. Señalamientos que la dictadura no escucha dada su política dictatorial de tierra arrasada: nadie se puede oponer o discrepar del poder.
El ministro de Justicia resalta la leyes del régimen que, según su concepción, fortalecen el ejercicio del derecho en Cuba: “Otras leyes novedosas que también engrosan la relación de normas jurídicas en materia de desarrollo de derechos y garantías fundamentales” son “la Ley de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular; la Ley del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales; la Ley de Protección de Datos Personales; el Código Penal; y la Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional; entre otras”.
Los ciudadanos cubanos no tienen ninguna protección judicial
La Ley de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular no permite revocar a los “representantes políticos”, municipales, provinciales y nacionales. Los “electores” de cuatro manzanas del territorio pueden revocar a la figura sin poder del delegado de la circunscripción. Esta ley es inadmisible en cualquier Estado de Derecho.
La Ley de Amparo Constitucional delega en la autoridad judicial la recepción o no de las demandas por violación de los derechos ciudadanos. La ley no especifica los derechos a reivindicar en los Tribunales de Amparo, dejando sin amparo, obviamente, a todos los procesos penales llevados a cabo en otros tribunales. Así, la ley viola todas las garantías y derechos constitucionales.
La Ley 149 de Protección de los Datos Personales delega en el Ministerio del Interior (MININT) cuándo serán respetados los derechos “por razones de bienestar general, el orden público e interés de la defensa y la seguridad nacional”. El MININT, por su rol en la dictadura cubana, decidirá cuándo respetar el derecho a la intimidad o la protección de los datos personales. Por ello, siguen produciéndose violaciones a la intimidad y los datos personales de opositores y discrepantes de la dictadura, y esas violaciones han sido las más recurrentes en los testimonios de las fiscalías para encarcelar a los manifestantes del 11 de julio del 2021. Esta ley es inadmisible en un Estado de Derecho. Según la norma, funcionarios como Michel Torres y Humberto López, y todos los fiscales que han violado los datos personales, la imagen y la voz de los encausados, debían haber sido enjuiciados en los tribunales cubanos.
El Código Penal criminaliza los derechos civiles y políticos de los cubanos, entre ellos la libertad de expresión, manifestación pacífica, asociación, reunión y prensa libre; y convierte en delito con penas de cuatro a 10 años el recibir financiamiento internacional como ONG o como periodistas independientes, además de aumentar las causales para la condena de pena de muerte. Esta ley viola los derechos y garantías constitucionales.
La Ley de Soberanía Alimentaria deja secuestrado el aparato productivo del país, en manos del Gobierno, para impedir la propiedad privada, la producción y el comercio al margen del Estado. Esta ley continúa violando el derecho a la alimentación que debe garantizar el Estado.
Como funcionario de la dictadura totalitaria, el ministro de Justicia miente a la opinión pública nacional e internacional, y sigue en su puesto.
ARTÍCULO DE OPINIÓN
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